El Tribunal Contencioso administrativo de Uruguay, resolvió terminar el proceso o demanda que desde hace diez año llevaba adelante Claro, para ejercer su derecho a operar en el segmento de TV satelital.
Allá por 2008, el operador fue autorizado a brindar televisión satelital en Uruguay, algo que posteriormente fue negado u objetado en varias instancias judiciales, las que avalaron o rechazaron su petición en sentencias opuesta en no menos de cinco oportunidades.
En las últimas instancias anteriores a este fallo, el Poder Ejecutivo expresó que Claro que tenía licencia para operar en TV paga satelital; mientras que un Tribunal Contencioso Administrativo, había admitido que Claro sí tenía autorización para entregar el servicio.
Finalmente, se llega a esta instancia donde se determina la extinción del objeto de la actuación de nulidad de la causa.
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