La Ley N.° 15.182, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), actualizando y simplificando los procedimientos relacionados con los servicios de radiodifusión.
Ver los principales cambios:
Licencia de Operación
Anteriormente: se otorgaba por un plazo determinado.
Ahora: se otorgaba por tiempo indefinido, y la licencia perdía su validez solo en caso de extinción de todas las licencias asociadas a la estación.
Cambios Contractuales y Estatutarios
Anteriormente: debía comunicarse al Ministerio de Comunicaciones (MCom) dentro de los 60 días siguientes a la promulgación de la ley.
Ahora: la comunicación solo será necesaria cuando lo solicite el MCom, previa presentación de la documentación justificativa.
Declaración Anual de Composición Societaria
Anteriormente: debía presentarse anualmente, antes del último día hábil del año, al MCom y a los organismos de registro correspondientes.
Ahora: la declaración solo será necesaria cuando lo solicite el Ministerio de Comunicaciones, de acuerdo con la normativa específica. Para la Junta Comercial, la presentación de la declaración anual sigue siendo obligatoria.
Accesibilidad
Anterior: La legislación ya preveía características de accesibilidad en la programación, pero se debatió sobre la responsabilidad de su inclusión en la publicidad.
Actualmente: La inclusión de características de accesibilidad en la publicidad sigue siendo obligatoria, bajo la responsabilidad de los anunciantes.
Transferencia de la Subvención
Anterior: No se permitía la transferencia de una subvención mientras estuviera pendiente un proceso de renovación.
Actualmente: Se permite la transferencia de una subvención durante el proceso de renovación, siempre que este ya haya comenzado.
Renovación de la Subvención
Anterior: La solicitud de renovación debe presentarse dentro de los 12 meses anteriores al vencimiento de la subvención, bajo pena de caducidad.
Actualmente: La entidad debe manifestar su interés en la renovación antes del vencimiento de la subvención. Si el solicitante no responde, el Ministerio de Comunicaciones (MCom) debe notificarle para que presente la documentación necesaria.
Además, las solicitudes presentadas fuera de plazo antes de la fecha de publicación de la nueva ley también se analizarán y tramitarán con normalidad.
Corrección Monetaria de las Subvenciones
Anteriormente: No existía una norma clara para actualizar el valor ofertado.
Actualmente: El importe de la subvención se corregirá monetariamente según el IPCA (Índice de Precios al Consumidor Brasileño), a menos que el anuncio de licitación establezca otra norma, y será aplicable tras la aprobación de la subvención por parte del Congreso Nacional.
Acceda al texto completo de la ley AQUÍ.
Para consultas, el departamento jurídico de ABERT está disponible por correo electrónico en juridico@abert.org.br, por WhatsApp al (61) 2104-4604 o por teléfono al (61) 2104-4600.
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04.08.25 19:58